Elecciones al Parlamento de Cataluña 2010

Fuerzas y cuerpos de seguridad

La Generalidad de Cataluña, con motivo de la jornada electoral, despliega un dispositivo especial de seguridad en los colegios electorales formado por mossos d’esquadra y policía municipal.

En los colegios electorales, durante el día de la votación, el presidente o presidenta de la mesa es quien tiene la autoridad exclusiva para conservar el orden y asegurar la libertad de los electores y el cumplimiento de la ley. Puede ordenar la actuación de las fuerzas y cuerpos de seguridad para restablecer el orden, impedir el acceso o expulsar del interior del local los que se encuentren indebidamente.

Asimismo, el presidente o presidenta de la mesa tiene la obligación de velar para que nada atente contra la libertad de voto de los electores en el colegio electoral y en sus inmediaciones y puede ordenar a las fuerzas y cuerpos de seguridad que actúen para evitarlo.

Las fuerzas y cuerpos de seguridad también pueden ser requeridas por el presidente o presidenta de la mesa en la tarea de entregar los sobres de documentación en la sede del juzgado de primera instancia o de paz de la demarcación donde se encuentra la mesa. Las fuerzas y cuerpos de seguridad han de acompañar y, si es necesario, facilitar el desplazamiento de estas personas (presidente/a, un vocal y los interventores que lo deseen).