ANUNCIO
de la Comisión Territorial de Urbanismo de Tarragona, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Tarragona referente al municipio de Reus.
La Comisión Territorial de Urbanismo de Tarragona, en la sesión de 18 de septiembre de 2008, adoptó, el acuerdo siguiente:
Exp.:
2008 / 033602 / TPlan especial de infraestructuras para la definición del vial de acceso al Centro de Justicia Juvenil Mas Larrard, en el término municipal de Reus.
Vista la propuesta de la Ponencia Técnica, la Comisión Territorial de Urbanismo de Tarragona acuerda:
.1 Aprobar inicialmente el Plan especial de infraestructuras para la definición del vial de acceso al Centro de Justicia Juvenil Mas Larrard, de Reus, formulado y remitido por el Departamento de Justicia, y tramitado por la Comisión Territorial de Urbanismo de Tarragona, en virtud de lo que determina el artículo 83.3 del Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo.
.2 Exponer el expediente a información pública por el plazo de un mes, mediante la publicación de la parte dispositiva de este acuerdo al
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y la inserción de un anuncio en uno de los diarios de más circulación de la provincia, a fin de que se puedan presentar las alegaciones oportunas, de acuerdo con aquello que dispone el artículo 83.4 del Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo..3 Solicitar informe, simultáneamente al trámite de información pública, a los organismos afectados por razón de sus competencias sectoriales, los cuales lo tienen que emitir en el plazo de un mes: Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural; Departamento de Cultura y Medios de Comunicación; Agencia Catalana del Agua, Dirección General de Carreteras y Demarcación de Carreteras del Estado en Catalunya, Dirección General de Ferrocarriles, Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento y Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.
.4 A continuación de la información pública, de acuerdo con el artículo 83.8 del Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo, conceder audiencia por el plazo de un mes al municipio de Reus.
.5 Comunicarlo al Departamento de Justicia y al Ayuntamiento de Reus.
Contra el acuerdo anterior, en tanto que se trata de un simple acto de trámite que no decide directamente ni indirectamente en el fondo del asunto, ni impide la continuación del procedimiento, ni produce indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, no se puede interponer ningún recurso, sin perjuicio de que podáis alegar oposición al mencionado acuerdo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, de conformidad con lo que dispone el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, modificado para la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El expediente restará, para la consulta y la información que prevé el artículo 101 del Texto refundido de la Ley de urbanismo aprobado por el Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio, a los locales de la Comisión Territorial de Urbanismo de Tarragona, calle Anselm Clavé, 1 .Casa Gasset'.
Tarragona, 25 de septiembre de 2008
Sílvia Caire Garcia
Secretaria de la Comisión
Territorial de Urbanismo de Tarragona
Anexo
Normas urbanísticas de Plan especial de infraestructuras para la definición del vial de acceso al Centro de Justícia Juvenil Mas Larrard, de Reus.
(Véase anexo en el documento PDF)
(08.269.063)