EDICTO
de 13 de agosto de 2008, por el que se notifica la Resolución del consejero de Política Territorial y Urbanismo de 31 de julio de 2008, correspondiente al expediente 2006/24504/B, de Ginestar.
El consejero de Política Territorial y Urbanismo emitió la Resolución de imposición de una sanción, cuyos datos figuran en el anexo de este Edicto.
En consecuencia, de acuerdo con lo que prevén los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12 de 14.1.1999), se comunica a las personas que, para que puedan tener conocimiento del contenido íntegro de la mencionada Resolución, pueden comparecer en las dependencias de la Dirección General de Urbanismo (avenida de Josep Tarradellas, 2, 6, 08029 Barcelona), con el fin de poder consultar el expediente y/o presentar los recursos pertinentes a la citada Resolución.
De conformidad con el artículo 194.1 del Decreto legislativo 1/2005, de 26 de juliol, el plazo de caducidad del expediente quedará interrumpido por todo el tiempo necesario para hacer las notificaciones mediante edictos.
Barcelona, 13 de agosto de 2008
Pilar Martí Camps
Jefa del Servicio de Protección de la Legalidad
y Asesoramiento (e.f.)
Anexo
Exp. 2006/24504/B- Ginestar
Interesados:
David Thomas Bayliffe y Valerie Bayliffe.Acto administrativo que se notifica:
Resolución del consejero de Política Territorial y Urbanismo de 31 de julio de 2008, de imposición de una sanción.Recursos:
contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, bien un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Política Territorial y Obras Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, en el plazo de un mes a contar des del día siguiente al de la publicación de este Edicto en el DOGC, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se considere oportuno, o bien directamente un recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.El plazo máximo para resolver y notificar el recurso potestativo de reposición és de un mes. Transcurrido este plazo sin que se haya notificado la resolución, el recurso se entiende desestimado y, en este caso, se puede interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de los seis meses siguientes, de acuerdo con el artículo 46 de la Llei 29/1998, de 13 de julio.
(08.227.023)